La Lealtad pareciera ser el valor militar más controvertido de todos. Pienso esto porque a veces es demandada desde varios puntos y, en organizaciones altamente jerarquizadas, esto puede llevar a confusiones. En unas pocas líneas, espero plasmar el por qué creo que la lealtad entre los integrantes de nuestra Institución debe ser una consecuencia y no un principio a priori que pueda ser demandado en cualquier circunstancia.
Como dijo Jack[1], “vamos por partes”. Para analizar este valor debemos acudir a la Ordenanza General del Ejército de Chile. (Siempre pienso en la Ordenanza como el documento mediante el cual, el País nos ordena a los militares “vaya y compórtese de esta forma”). Esta fuente, determina cuáles son y en qué consisten los valores militares. Así, la Ordenanza se refiere a la lealtad como la “fidelidad al orden normativo legítimo, a las autoridades republicanas, al Ejército, a la organización a la cual se pertenece, a los superiores, camaradas, subordinados y subalternos.”[2]
Aquí es donde a mi juicio pueden comenzar los problemas por dos razones: la primera es “la bajada” que se puede hacer de los respectivos destinatarios de ese grado de fidelidad (en concreto ¿cómo le soy leal a las autoridades republicanas y al Ejército?) La segunda razón es que no se establece un ordenamiento o jerarquización de estos sujetos de lealtad. Para ejemplificar esto, uno puede preguntarse ¿puedo ser leal a todo lo que establece la Ordenanza de forma permanente? ¿a quién debo ser leal cuando las órdenes o comportamientos de los destinatarios de lealtad se contraponen?
Uno podrá pensar que la lealtad debería estar en directa relación a la antigüedad o jerarquía de quien emita una orden. Sin embargo, los hechos sugieren que esto no debe ser así. Una forma de solucionar este problema, es agrupar los sujetos de lealtad en dos. El primer grupo debe estar conformado por aquellos principios o normas que trascienden a las personas. Así, el “orden normativo legítimo” dígase las leyes, la doctrina Institucional y los fallos o dictámenes emitidos por las autoridades republicanas legítimamente constituidas conformarían el primer grupo. En consecuencia, el segundo grupo estaría conformado por los “superiores, camaradas, subordinados y subalternos.”
Con esta división clara, creo que la lealtad debe estar siempre enfocada en el primer grupo, ya que, en teoría, congrega un conjunto de normas que establecen principios fundamentales que rigen no sólo a quienes integramos el Ejército, sino a toda la sociedad. ¿Quiere decir esto que no debe ser leal al segundo grupo? No, claro que no.
Estimo que la lealtad al segundo grupo es la consecuencia o el efecto que se obtiene luego de que superiores, camaradas, subordinados y subalternos somos leales al primer grupo. Esto quiere decir, que cuando yo soy leal a nuestra doctrina institucional (valórica, funcionamiento y operacional), puedo ser depositario de la lealtad de otro integrante de la Institución. Esto resulta más difícil de lo que parece, ya que las personas somos muy fáciles de seducir y podemos confundirnos al depositar nuestra lealtad en mandos poco rigurosos o en subordinados aduladores, por poner dos ejemplos.
De esta forma, si yo cometo un acto que se aparta de las normas establecidas, entonces no puedo demandar lealtad a mis subordinados ni a mis superiores. De hecho, ellos deben mantenerse leales con la Institución y tomar las medidas correspondientes para sancionar y corregir el comportamiento correspondiente.
En síntesis, la Ordenanza General del Ejército nos señala que debemos ser leales a nuestro País y a nuestro Ejército. Esto lo hacemos mediante el seguimiento y la observancia del ordenamiento normativo, particularmente de aquel que establece la dimensión valórica. Así, en el ejercicio de esta conducta, podemos ser depositarios de la lealtad de nuestros superiores, camaradas y menos antiguos, quienes, a su vez, reciben nuestra lealtad en la medida que actúen bajo los mismos lineamientos, conformando así, una comunidad que sirve a Chile, unida por valores y principios trascendentes que engrandecen a nuestra Institución y a nuestro país.
[1] El destripador
[2] Ministerio de Defensa Nacional, “Ordenanza General del Ejército de Chile”, Santiago, 2006.
Fuente de la imagen: Cuenta de Instagram del Ejército de Chile (https://www.instagram.com/p/ClcRvXful_I/)
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Buen artículo, interesante, para no confundir y basarnos en el marco conceptual de la doctrina valorica de nuestro Ejército, creo conveniente complementarlo con diferenciar los Principios de los valores y de las virtudes basado en la deontología militar , Constitución, Código de Justicia Militar, Reglamento de Disciplina , Ordenanza General del Ejército y Manual del Ethos , felicitaciones por la iniciativa
Muchas gracias mi General y muy de acuerdo con su aclaración!!
Sería interesante un artículo que aborde y diferencie esos conceptos… ¿Le interesaría publicar con nosotros? Queda cordialmente invitado ; )
Afectuosamente